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IUS-Etica Un nuevo paradigma: Estado Etico de Derecho

El Derecho está agotando sus fuerzas y requiere de una revitalización que sólo la Moral puede brindarle

OBRAS DE J.J.BOCARANDA E, EDITADAS POR WINDMILLS EDITIONS, CALIFORNIA, USA.

OBRAS DE JUAN JOSÉ BOCARANDA E, EDITADAS POR WINDMILLS EDITIONS, CALIFORNIA, USA.


1. IUS-ÉTICA






2. PARADIGMA MORAL NECESARIO




3. EL REGRESO DEL GALLO IMPLUME



4.CANTOS MERIDIALES



5.SIMPLEMENTE UN CAMINANTE




6.MAZORCA DE LUZ




7. BRINDIS DE LUZ POR LA MUJER AMADA


EVOLUCIÓN DEL DERECHO EN ESPIRAL. Juan José Bocaranda E

EVOLUCIÓN DEL DERECHO EN ESPIRAL


                                            Juan José Bocaranda E



Mientras no se sacuda de los apegos a una tradición milenaria, no habrá cambios substanciales y profundos en el Derecho, como lo exige una realidad humana y social crecientemente problemática.

La evolución "horizontal" del Derecho ya está agotada. En la evolución "horizontal" del Derecho, las mismas ideas permanecen durante largo tiempo, girando en diferentes formas de expresión, sin penetrar hacia nuevas esencias.

Revestir con el ropaje engañoso del prefijo “neo” las corrientes tradicionales desprestigiadas como el positivismo jurídico, no contribuye de ningún modo a la profundización del Derecho hacia nuevas dimensiones de actualización.

La voz del presente histórico demanda la presencia de un Derecho que "ascienda en espiral", ajustándose al espíritu del nuevo milenio. Es decir, un Derecho que responda al espíritu de universalidad inherente a la esencia de los Derechos Humanos, cuyo efecto primordial  va mucho más allá de la consagración misma de tales derechos, para utilizar el valor de la dignidad humana como factor aglutinante de toda la Humanidad.

Es necesario saltar del plano de la calificación jurídica de los conceptos jurídicos, al nivel de la calificación moral. Por ejemplo: del concepto de “res iuridice iudicata” (“cosa juzgada jurídicamente”), saltar al concepto de “res moraliter iudicata” (“cosa juzgada moralmente”); del de Justicia Jurídica, al de Justicia Moral; del de Seguridad Jurídica, al de Seguridad Moral; del de Constitución Jurídica, al de Constitución Moral; del de interpretación jurídica, al de interpretación bidimensional de la ley, etc.etc. Enfoque éste que no extingue el Derecho sino que lo revitaliza y enri­quece. Porque le insufla nueva dimensión, tornándolo más seguro y efectivo, apto para los nuevos tiempos.

Estas ideas y conceptos requieren que los juristas dispongan el ánimo a un  cambio de mentalidad, pues se trata de transitar del enfoque puramente jurídico a una visión ético-jurídica del Derecho, donde éste se asume como  valioso instrumento de la Moral, sin que ambos confundan sus objetos formales. Se erige, así, una  derivación lógica de argumentos que tienen como premisa superior la Ley Moral y como premisa de segundo orden el Derecho.

Este enfoque novedoso de la realidad califica éticamente la creación e interpretación del Derecho y la aplicación de la ley. Además, comprende que deben ser superados los criterios formales de un razonamiento meramente jurídico;  que la Moral abre puertas que el Derecho solo no puede abrir; que la verdadera justicia no está en la forma ni en la apariencia sino en el espíritu de la ley; que debe prestarse atención, no al hecho de conocer la ley, sino de cumplirla; que debe destacarse la diferencia entre forma-apariencia y substancia-realidad; que se precisa el ascenso de la Justicia Jurídica a la Justicia Moral, porque el De­recho se muestra cada vez menos eficiente para ejercer el control de las relaciones sociales.


El jurista de hoy debe mirar la ley jurídica desde una perspectiva superior y demostrar capacidad de adaptación a las exigencias del nuevo concepto de Derecho, lo que supone aceptar un giro en la concepción de las Acciones procesales, entre las cuales deben hallar cabida las Acciones y los Recursos Morales.