LA CLAVE IUS-ÈTICA DE HOY. ¿Y QUÈ… SI NO HAY
RESPONSABILIDAD MORAL?
Juan Josè Bocaranda E
La sujeción a la ley, la separación de los
Poderes, el control contencioso-administrativo y constitucional, la tutela
judicial, el reconocimiento de los derechos fundamentales, etc.etc, son, todos,
rasgos constitutivos del Estado de Derecho. Pero, esto
NADA GARANTIZA. Porque, ¿puede funcionar en la práctica alguno de dichos elementos,
como es debido, sin la injerencia de la Moral, es decir, del Principio Ético,
sin la RESPONSABILIDAD MORAL DEL FUNCIONARIO?.
EL “ESTADO DE DERECHO” PERMANECE EN SÌ
MISMO. En cambio, EL ESTADO ÈTICO DE DERRECHO se remite, necesariamente, a la
MORAL. Esa es la GRAN DIFERENCIA.