LAS MODALIDADES DE VIOLACIÓN DEL PRINCIPIO ÉTICO Juan Josè Bocaranda E



 


LA CLAVE IUS-ÈTICA DE HOY.

LAS MODALIDADES DE VIOLACIÓN DEL PRINCIPIO 
ÉTICO

Juan Josè Bocaranda E

Aunque muchos quieran ignorarlo o suprimirlo, el Principio Ètico rige sobre la Constituciòn y demás leyes, y a su autoridad deben someterse tanto el Estado en sì como los funcionarios. Se trata de algo ineludible. No acatarlo o perpetrar su violación, es para el funcionario, deuda acumulada y creciente que deberá pagarse de una u otra manera.

La violación del Principio Ético es susceptible de perpetrarse en dos formas fundamentales. Una de ellas se produce cuando el funcionario quebranta los preceptos de la Moral general.

La otra modalidad de violación del Principio Ético se refiere a la violación de los deberes legales, a impulsos de la mala fe. Por ejemplo, un Juez, obli­gado a impartir justicia en forma objetiva e imparcial, aprovecha el acto para vengarse de un enemigo, contra el cual dicta la medida o pronuncia el fallo.

En otras palabras, una modalidad consiste en contradecir de algún modo el contenido de los valores éticos o de los principios morales generales. La otra, en la realización de actuaciones previstas por la ley jurídica, pero obrando con irrectitud moral, es decir, con mala fe, torcida o perversa intención, propósitos deshonestos, o desnaturalizando las instituciones jurídicas, desviando los fines de la ley, tergiversando los hechos que sirven de fundamento al acto, o diri­giendo éste al logro de determinados objetivos reñidos con la Ley Moral.

El funcionario que se burla del Principio Ètico, obra como el delincuente, que roba, hiere y asesina con la ilusión de que la existencia del  Còdigo Penal depende de su conveniencia.