LA CLAVE IUS-ÈTICA DE HOY.
OEA, DEMOCRACIA Y PRINCIPIO ÈTICO
Juan Josè Bocaranda E
La
Organizaciòn de Estados Americanos no debe considerarse al margen del principio
de la dignidad humana, fundamento de los derechos humanos. Por consiguiente, no
debe considerarse indiferente ante la presencia y la vigencia del Principio Ètico
inherente a esos derechos.
Asì,
pues, cuando la OEA reconoce como indispensable la democracia
representativa, sólo puede reconocer como tal la democracia que se
desarrolla en cada Estado conforme a las exigencias de la Ley Moral. Y, del
mismo modo, cuando promueve y consolida la democracia, debe hacerlo con
criterios éticos y no con criterios puramente jurídicos ni, menos aun,
puramente políticos o diplomáticos. Desde esta perspectiva, no es
suficiente velar porque los pueblos tengan derecho a la democracia: es
necesario vigilar y determinar si cada Gobierno promueve, defiende y realiza la
democracia con clara consciencia de que se trata de una responsabilidad
moral permanente.
Tampoco
es suficiente como base de la democracia el "Estado de Derecho": se
requiere un Estado Ético de Derecho. Por consiguiente, no debe exigirse
a la ciudadanía una participación ética y responsable en el marco de la
legalidad sin hacer igual exigencia y en primer término, a los propios
Gobiernos.
Por
encima de los gobiernos están los derechos de los gobernados y,
primordialmente, la dignidad humana de éstos. La situación de riesgo de
un proceso político institucional no siempre y necesariamente debe atribuirse a
los gobernados, toda vez que puede provenir de los propios gobernantes
cuando su conducta no se corresponde con los fines de una democracia éticamente
calificada, como lo destaca la Ius-ètica.