LA CLAVE IUS-ÈTICA DE HOY.
LA SIMBIOSIS IUS-ÉTICA
Juan
Josè Bocaranda E
Entre los componentes de la Ius-ética
existe una simbiosis tan radical y armónica, que ambos factores enriquecen
mutuamente su naturaleza: el Principio Jurídico se compenetra de lo ético, y el
Principio Ético se satura de lo jurídico, dando cuerpo a una tercera realidad,
creativa, dinámica, dotada de perfil específico: un Derecho cualitativamente
superior, repotenciado por altos valores, llamado a producir consecuencias
trascendentales en lo individual y en lo colectivo, en lo nacional y en lo
universal.
El aporte es, en efecto, mutuo:
El aporte de la Ética al Derecho es el
sentido de la fuerza moral, que se traduce en la seguridad de los principios,
del camino correcto, de la senda axiológica, de los fines adecuados, todo lo
cual se sintetiza en la
Seguridad Moral, presupuesto necesario de la Seguridad Jurídica.
El aporte del Derecho a la Moral es la posibilidad
de transmisión de lo ético a través de vías adjetivas, con reducción de formas,
y utilizando los instrumentos y órganos que el sistema jurídico le facilita.
Por todo esto, el Nuevo Derecho que
propugna la Ius-ética
no es Moral pura, no es Derecho puro: es un tertium ens que
rompe con el concepto tradicional de un Derecho estrictamente
"jurídico", pues, ante la Ius-ética, el Derecho no puede definirse si no
forma parte esencial suya el factor ético.