LA CLAVE IUS-ÈTICA DE HOY. IUS-ÈTICA:
UN CAMBIO DE MENTALIDAD
Juan Josè Bocaranda E
La Ius-ética implica
*
un salto
del enfoque puramente jurídico del Derecho, a una visión ético-jurídica, que
halla en él un instrumento de la
Moral , sin que ambos confundan sus objetos formales;
* una
derivación lógica de argumentos que tienen como premisa superior la Ley Moral , a la cual se
supedita el Derecho como premisa de segundo orden;
*
un enfoque
novedoso de la realidad, que califica éticamente la creación e interpretación
del Derecho y la aplicación de la ley;
* la
comprensión de que deben ser superados los criterios formales de un
razonamiento meramente jurídico;
*
la
consciencia de que la Moral
abre puertas que el Derecho solo no puede abrir; de que la verdadera justicia
no está en la forma ni en la apariencia sino en el espíritu de la ley; de que
debe prestarse atención, no al hecho de conocer la ley, sino de cumplirla; de
que debe destacarse la diferencia entre forma-apariencia y substancia-realidad;
*
el ascenso
de la Justicia
Jurídica a la Justicia Moral , porque el Derecho se muestra
cada vez menos eficiente para ejercer el control de las relaciones sociales.
Lo peculiar de estos enfoques está en que,
por una parte, el Derecho conserva su naturaleza de tal; y, por la otra, la Moral es también Derecho,
pues el Derecho "delega a la
Moral ", como diría Hans Kelsen.
En fin, se trata de mirar la ley jurídica
desde una perspectiva superior.
El jurista de hoy debe demostrar capacidad
de adaptación a las exigencias del nuevo concepto de Derecho, y ello supone
aceptar un giro en la concepción de las Acciones procesales, entre las cuales
deben hallar cabida las Acciones y los Recursos Morales.